
El Juzgado de Paz y Faltas de Campo Largo sustituyó una sanción de 30 días de arresto efectivo por 120 horas de tareas comunitarias no remuneradas que consisten en acciones de reforestación y creación de una huerta agro-ecológica en la Escuela de Educación Primaria Nº 648 de dicha localidad.
La resolución fue definida por el juez José Luis Haertel como de «fuerte impronta restaurativa y ambiental». Además, se destaca la participación activa del Instituto de Investigaciones Forestales y Agropecuarias (IFFA) a través de su presidente, Carlos Favarol, y del Ministerio de Producción mediante la Delegación Territorial que conduce Manuel Ojeda, quienes realizarán donaciones de plantines y semillas para las tareas comunitarias. También se brindará capacitación específica sobre prácticas agro-ecológicas a los involucrados en la medida.
La medida hace hincapié en la importancia de aplicar criterios de justicia restaurativa y participación comunitaria, promoviendo la responsabilidad individual en acciones que beneficien al ambiente y al tejido social local.
Haertel explicó que el objetivo es «trabajar desde el Poder Judicial para seguir fortaleciendo la construcción de una justicia cercana, preventiva y ambientalmente responsable, con decisiones que reflejan un compromiso concreto con la comunidad y las generaciones futuras».
Ecojusticia
Esta decisión se enmarca en el Programa Ecojusticia impulsado por el Superior Tribunal de Justicia del Chaco que promueve la incorporación de una mirada ambientalmente consciente en las prácticas judiciales.
Emilia Valle, presidenta del STJ destacó la relevancia del programa Ecojusticia y sus objetivos: «sensibilizar y promover la conciencia y responsabilidad ambiental, y reforzar el rol fundamental que tenemos como garantes de los derechos ambientales».
«Nos encontramos en un momento crucial para nuestra sociedad y nuestro planeta. Más que actores de distintas disciplinas nos vemos como ciudadanos/as preocupados/as por el entorno natural, por las generaciones presentes y futuras que merecen vivir en un ambiente sano y equilibrado que posibilite la existencia en el planeta», afirmó Valle.
Mencionó a la resolución 308/25 del STJ que contempló lo que establecen los artículos 41 de la Constitución Nacional y 28 de la Constitución Provincial en lo relativo «al derecho a vivir en un ambiente sano, sustentable y adecuado», y que «refieren al deber que tenemos de preservar el ambiente». Luego pormenorizó la política institucional del STJ en estos temas, tales como la ley ambiental, la ley Yolanda (mencionó las capacitaciones vigentes), el impulso de la ley de gestión provincial de gestión de residuos sólidos y urbanos, entre otros, todas iniciativas vinculadas a lo que establecen los ODS.