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Por Jorge Milton Capitanich – Gobernador de la provincia del Chaco

El Gran Chaco americano posee 1,2 M de km2, mientras que la porción denominada del Chaco Argentino abarca e incluye aproximadamente 400.000 km2, un poco menos de la mitad del denominado Norte Grande que abarca casi 850.000 km2 de superficie.

Nuestra provincia del Chaco ha variado su fisonomía desde hace 150 años cuando se institucionalizó el Territorio Nacional perdiendo aproximadamente 150.000 km2 de superficie a través del tiempo.

El proceso de institucionalización arrancó con la Ley N°28 de territorios nacionales en el año 1862, que declaraba que “todos los territorios nacionales existentes fuera de los límites o posesión de las provincias, son nacionales”.

Luego, Domingo Faustino Sarmiento suscribió un decreto en acuerdo de ministros durante el receso de ambas cámaras del Congreso en el cual estableció el inicio de la organización del Chaco para lo cual designó al General Julio de Vedia Gobernador de los “territorios del Chaco”, con retención de su cargo de comandante en las fuerzas argentinas en el Paraguay.

En 18 de octubre de 1872 el Congreso de la Nación sanciona la Ley N° 576 que determinó la duración en el cargo de Gobernador por tres años, la atención de la justicia por los jueces de paz y la organización de las comisiones municipales.

Posteriormente, en 1874 se sancionó la Ley N° 686 que creó la Jefatura política del territorio cuya designación recayó en Aurelio Díaz luego del decreto reglamentario firmado el 29 de marzo de 1875, figura institucional que perduró en un corto período hasta su desaparición en 1876.

La Ley N° 1532 sancionada en 1884 dividió los territorios nacionales en nueve jurisdicciones, separando también a Chaco y Formosa con la división natural del río Bermejo.

El territorio del Chaco se redujo por segunda vez en el año 1886 mediante la sanción de la Ley N° 1894, porque a través de dicha norma se concedió a Santa Fe el “territorio de propiedad de la Nación que se halla comprendido desde su límite Norte actual hasta el paralelo 28 del río Paraná”, lo cual implicó el cercenamiento territorial de los actuales departamentos de Avellaneda, Ocampo, San Antonio, Las Toscas y parte de Florencia, por ese entonces las colonias más ricas de nuestro territorio.

Finalmente, en 1902 se consumó un nuevo desmembramiento de nuestras tierras dispuesta por Ley N° 4141 a favor de Santiago del Estero cuya consecuencia fue la pérdida de casi un tercio de su superficie originaria hasta la consolidación de la línea Barilari por el trazado de los límites con Salta.

Desde ese momento hasta el año 1951, en el cual se sanciona la Ley N° 14037 cuya promulgación ocurre el 8 de agosto se presentaron 26 iniciativas legislativas para obtener la provincialización tan anhelada.

La Ley N° 1532 otorgaba a los Gobernadores del Territorio escasas facultades. Pero lo más notorio era el incumplimiento respecto a la creación  de instituciones como la legislatura provincial, cuyo requisito formal era contar con 30000 habitantes, así como también para la elección de diputados nacionales y por último, la organización de la provincia cuya condición era que nuestro territorio tuviera 60.000 habitantes, cifra que ya habíamos alcanzado al inicio de la década del veinte. En conclusión: carecíamos de los derechos políticos para gozar de la plena ciudadanía que significa poder elegir a nuestros propios representantes.

Cabe reflexionar entonces en clave histórica que la República Argentina demoró 70 años desde la revolución de mayo de 1810 para lograr una constitución aceptada por todos, un sistema de gobierno representativo, republicano y federal y una capital federal que a partir del 12 de octubre con la asunción del Presidente Julio Argentino Roca -luego del enfrentamiento militar con el entonces gobernador de la Provincia de Buenos Aires Carlos Tejedor- permitiese ser la sede del gobierno nacional  en forma definitiva.

La organización del sistema federal, principalmente de las provincias argentinas que son preexistentes a la Nación misma ha implicado un largo proceso desde 1862 hasta el año 1990, cuyo punto de partida fue la existencia de las 13 provincias originales, Jujuy desde 1834 y finalmente las 24 jurisdicciones incluyendo la Ciudad Autónoma de Buenos Aires instituida por la reforma constitucional de 1994.

Ahora bien, fue bajo el liderazgo del presidente Juan Domingo Perón, que nuestro país convirtió en provincia a 8 de los nueve territorios nacionales – entre ellas la nuestra-   siendo la última provincia argentina creada, la Provincia de Tierra del Fuego. Así como también posibilitó que la mujer pudiera votar. Por consiguiente, se trató del período histórico de mayor ampliación de derechos en la historia argentina.

En cuanto al Chaco, la elección de los convencionales constituyentes se produjo en las elecciones generales del 11 de Noviembre de 1951.

La convocatoria a la Convención Constituyente se propició entre el 17 y el 22 de diciembre en el salón de actos de la escuela N° 2 Raúl B Díaz, hoy totalmente refaccionada en la cual se sancionó la constitución de la Provincia “Presidente Perón”.

La constitución fue de avanzada para la época, invocando los principios del constitucionalismo social y el doble voto sindical, luego de la histórica Asamblea Constituyente Nacional de 1949. Establecía, por ejemplo, la nuestra, la patria potestad compartida entre el hombre y la mujer, cuestión que recién se consagraría en nuestro país con la reapertura democrática del ’83.

Nuestra provincia tiene 150 años de historia como territorio. Tiene 71 años como provincia y hace 69 años, más precisamente el 4 de junio de 1953, asumió el primer gobierno constitucional con la fórmula Felipe Gallardo-Deolindo Felipe Bittel.

Rendimos homenaje a los convencionales constituyentes, a nuestras comunidades originarias, criollas e inmigrantes que forjaron nuestra identidad pluricultural, plurilingüe y pluri religiosa. Somos hijos e hijas de ese legado y lo llevamos como bandera de nuestro compromiso ético y político.  

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