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La iniciativa legislativa 2963/24 tiene por objeto promover el acceso equitativo a servicios médicos y tratamientos especializados, como política pública destinada a garantizar el derecho a la salud. «Esta iniciativa busca promover la equidad en el acceso a la salud, asegurando que todos los ciudadanos, independientemente de su situación económica, puedan acceder a los servicios médicos que requieren», explicaron los autores del proyecto. Los beneficiarios serán el paciente y un acompañante.
El proyecto de ley, que lleva la firma de Paola Benítez, María Pía Chiacchio Cavana, Rodrigo Ocampo y Santiago Pérez Pons, plantea que el beneficio debe alcanzar a personas con enfermedades crónica o de largo tratamiento, sin límites de edad, además de un acompañante elegido por el paciente, siempre que se encuentre debidamente acreditada para acompañar a la persona titular directa durante los traslados relacionados con la atención y/o tratamiento médico.
El proyecto establece que, como requisitos los titulares deberán presentar un certificado médico oficial que acredite su diagnóstico de enfermedad crónica. Este certificado deberá estar emitido por un establecimiento de salud autorizado o por un profesional médico habilitado. Los titulares y sus acompañantes deberán registrarse en un registro provincial habilitado para tal fin, donde se les emitirá una credencial que acredite su derecho al boleto gratuito.
La Autoridad de aplicación será la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura, quién será la encargada de la implementación, supervisión y administración del programa de boletos gratuitos. La misma subsecretaría deberá establecer convenios con las empresas privadas de transporte público para la implementación efectiva de dicho programa, asegurando que los boletos gratuitos sean accesibles y válidos en todo el sistema de transporte de la provincia.
La iniciativa legislativa además establece la prohibición a las empresas de transporte público de limitar el números de pasajeros o restricciones horarias para aquellos titulares que posean el pase gratuito establecido por la presente ley. «Todos los/las titulares del pase tendrán derecho a acceder al transporte público en cualquier horario y sin restricción de capacidad, en igualdad de condiciones que el resto de los pasajeros», indicaron.
En caso de que las empresas incumplan, estarán sujetas a sanciones administrativas, las cuales podrán incluir multas o cualquier otra medida establecida por la Subsecretaría de Transporte y Logística del Ministerio de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, conforme a las normativas vigentes.
Los beneficiarios del programa tendrán derecho a presentar quejas y/o reclamos ante la Subsecretaría de Transporte en caso de enfrentar restricciones o dificultades para acceder al transporte público. Asimismo, el organismo de aplicación deberá resolver los reclamos en un plazo no mayor a 30 días, garantizando una respuesta adecuada y oportuna.
Los autores del proyecto, integrantes del interbloque Frente Chaqueño, proponen que el costo de los boletos gratuitos será cubierto por el Programa Chaco Subsidia creado por Ley Provincial 2979-F, en particular lo referido a Chaco Subsidia Transporte con destino a subsidiar la demanda del servicio de transporte de pasajeros, y/o el programa que en futuro lo reemplace. «En tal sentido, se autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para garantizar la implementación de la presente iniciativa», señalaron.
Por último, invitan a los municipios de la provincia del Chaco a adherir a la presente ley y colaborar en su implementación mediante la firma de convenios con las empresas de transporte que operan en sus jurisdicciones. Estos convenios tendrán como objetivo garantizar el traslado gratuito de personas con enfermedades crónicas y/o de largo tratamiento y sus acompañantes hacia los centros urbanos que cuenten con servicios de mayor especialización médica.