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Varios trabajadores de la educación manifestaron, a través de las redes sociales, su enojo por la Resolución 1079/21 del Ministerio de Educación que establece descuentos en los salarios docentes del mes de abril que adhirieron a medidas de fuerza. El Frente Gremial Docente exteriorizó su repudio y legisladores de la UCR llevarán los casos a la justicia.

“Se puede ser tan nefasto y MISERABLE? . Tienen el tupé de descontarnos tamaño monto de nuestro sueldo cuando ni siquiera nos paga uno DIGNO, cuando no nos abona lo adeudado y para colmo de males descuentan lo que se les ocurre”, reclamó Gastón Rodríguez en su cuenta de Facebook.

“Ahora… a quién le lloro para pagar mí alquiler, los servicios y para comer hasta fin de mes?”, se preguntó el docente quién además adjuntó como prueba capturas de varios recibos de sueldo que exponen los descuentos que en algunos casos, superan los 14.000 pesos. Otros docentes aseguran no haber realizado paro, pero que el descuento de igual manera los afectó.

Luego de la denuncia de Sitech Federación, de los pocos gremios que no adhirió a la propuesta salarial del gobierno, sobre esta situación, el Frente gremial Docente también repudió la resolución que según indicaron “intenta responsabilizar de manera solapada a los directivos de establecimientos educativos del informe de docentes adheridos a medidas de fuerza para que, en caso de descuentos por días de paro, como ha pasado con los últimos sueldos percibidos, sean sobre quienes recaiga tan deleznable responsabilidad”. En este sentido, agregaron que dicha responsabilidad debe asumirla “el mismo Gobierno a través de su cartera educativa, recordando una vez más que los directivos son empleados jerarquizados que no forman parte de la patronal”.

Por otra parte, el presidente del Bloque de UCR, el diputado Carim Peche aseguró que “es una ilegalidad y así  lo plantearemos ante la justicia, la Constitución Nacional establece claramente en el artículo 14 bis que ‘queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo”.

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