A partir de distintas consultas de organizadores de eventos, la Defensoría del Pueblo del Chaco en conjunto con ADPRA, solicitaron al Ministro de Justicia que aclare el alcance del nuevo Decreto N° 765/2024, que establece nuevos criterios en relación con el pago de derechos de autor sobre música en eventos.
«Tras un análisis inicial, observamos que el decreto parece ampliar el rango de actividades exentas del pago de derechos de autor en el marco de la Ley de Propiedad Intelectual N° 11.723. Sin embargo, esta interpretación ha generado múltiples consultas e inquietudes debido a la posibilidad de que surjan conflictos interpretativos sobre la definición de “ejecución pública” y “ámbito privado”», señalaron desde la Defensoría del Pueblo del Chaco.
Asimismo, explicaron que «según el decreto, los eventos privados, como aquellos con listas de invitados, quedarían exentos de pagos a SADAIC y AADI CAPIF, sin importar si son realizados en una vivienda particular o en un local comercial, siempre y cuando el acceso sea restringido a invitados. En cambio, los eventos abiertos al público en general, aunque sean gratuitos, seguirían sujetos al pago de derechos de autor».
Desde el organismo que conduce Bernardo Voloj, insistieron en la necesidad que Ministerio de Justicia aclare el alcance de estos conceptos para portar claridad y previsibilidad, tanto para los organizadores de eventos como para quienes ejercen derechos de autor. Además, de evitar confusiones y posibles conflictos judiciales.
Vale recordar que el confuso decreto fue sancionado el pasado 27 de agosto y publicado en el Boletín Oficial un día después y lleva las firmas del presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete de Ministros, Guillermo Francos y el Ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.
Aquí se puede acceder al documento: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-765-2024-403419/texto