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Tras el acuerdo arribado entre la Fiscalía de Cámara, las Defensas y la querella, la Cámara Primera en lo Criminal de Resistencia condenó por el delito de “homicidio simple” a los hermanos Hernán Rodríguez y Ramiro Rodríguez a penas de 19 y 16 años de prisión efectiva, respectivamente. La causa había sido elevada a juicio como “homicidio agravado por el odio hacia la identidad de género”. Fabiola tenía 22 años y era militante por los derechos LGBTIQ+.

La jueza de la Cámara Primera en lo Criminal y Correccional de Resistencia, Natalia Kuray, confirmó este martes la condena contra los hermanos Ramiro Rodríguez y Hernán Rodríguez por el “homicidio simple” de la joven trans Fabiola Ramírez, ocurrido el 3 de marzo de 2021 en la capital chaqueña.

Fue al ratificar el acta acuerdo del juicio abreviado, firmada el 26 de abril pasado, en el cual los dos imputados aceptaron su culpabilidad por lo que se modificó a “homicidio simple” la acusación original de “homicidio agravado por el odio hacia la identidad de género” o “transfemicidio”, tal como había sido requerida a juicio por jurados. Con el acuerdo, los condenados se evitan una pena de prisión perpetua que hubiesen implicado los agravantes de odio hacia la identidad de género

Con 22 años, Fabiola era parte del movimiento militante y político LGTBIQ+ que logró viajar a Buenos Aires a presentar el proyecto de ley de inclusión laboral travesti-trans. También militó la ordenanza de inclusión laboral en la Municipalidad de Resistencia y estaba presente en las marchas del orgullo, reclamando la erradicación de los transfemicidios y travesticidios.

El caso

El 3 de marzo de 2021, Fabiola fue a almorzar a lo de una amiga en Ayacucho al 800, en Resistencia. Pasadas las 15, tomó un remis para regresar a su casa. Esa fue la última vez que la vieron con vida.

Tres días después, la encontraron asesinada en su domicilio ubicado en calle Alem al 1800, luego de que los vecinos informaran a la policía de un fuerte olor nauseabundo que provenía de allí. Se sospecha que su deceso ocurrió entre las 15.15 y las 20 del 3 de marzo. Días más tarde detuvieron a los hermanos Rodríguez. Se encontraron ropas con manchas de sangre y zapatillas con suelas similares a las pisadas que se encontraron en la escena del crimen.

La Secretaría de Derechos Humanos y Géneros del Chaco intervino en la causa como querellante a través de la Dirección de Litigio Estratégico. En ese contexto fue que solicitó el cambio de carátula de “muerte dudosa” por la de “transfemicidio”, considerando que los hermanos Rodríguez debían ser imputados en razón de haber cometido un crimen basado netamente en el odio.

Así lo aceptó la Fiscalía Nº 5 y encaró la investigación reconociendo el delito de homicidio agravado por el odio hacia la identidad de género. Luego de seis meses, el jueves 9 de septiembre, se requirió el juicio, acusando a los hermanos Ramiro (19) y Hernán (21) Rodríguez. La calificación también fue confirmada por el Juzgado de Garantías Nº5, al ratificar la elevación a juicio.

Fuente: Litigio.com.ar

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